Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos JHONNY STUAR DUQUE HEVIA y MARY FLOR CHIRINO DIAZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.281.844 y V-13.088.292, respectivamente, contraído en fecha en fecha 11 de Mayo de 2018, ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda según Acta de Matrimonio signada con el Nº 199, Libro 01, del año 2018. Así se decide.-