Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la medida cautelar de suspensión de los efectos, solicitada por la Abogado NACARI MANRIQUE CONTRERAS, en su carácter de representante judicial de la parte querellante, en contra del CONCEJO MUNICIPAL BOLIVARIANO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GUANARE DEL ESTADO PORTUGUESA. Se ordena suspender los efectos del acto administrativo Nº 40-2006 dictado por el Concejo Municipal de la Alcaldía Bolivariana de Guanare Estado Portuguesa, hasta tanto se tenga sentencia definitiva en el presente asunto.
Ofíciese al CONCEJO MUNICIPAL BOLIVARIANO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GUANARE DEL ESTADO PORTUGUESA enviando copia certificada de la presente decisión a los efectos del cumplimiento de la presente medida cautelar.