Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
-. IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria realizada en fecha 16 de enero de 2014, por la ciudadana Sonia Mercedes Suárez Vallejo, titular de la cédula de identidad No. 6.871.481, actuando con el carácter de parte accionante, asistida por los abogados Zalg Salvador Abi Hassan y Alejandro Salah Abi Hassan, sobre la sentencia dictada el 15 de enero de 2014.