Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1.- COMPETENTE, para conocer de la demanda por vías de hecho, interpuesta por el abogado Heberto Eduardo Roldán López, antes identificado actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ASERCA AIRLINES C.A., antes identificada, contra el INSTITUTO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA (IAIM), adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Transporte. 2.-ADMITE la demanda por vías de hecho ejercida, y en consecuencia ordena: 2.1.- CITAR al Director General del Instituto Aeropuerto Internacional De Maiquetía (IAIM), a los fines de que comparezca por ante esta Corte dentro de un plazo de cinco (5) días de despacho contados a partir de que se efectúe la última de las notificaciones ordenadas, para que consigne informe explicativo de las razones de hecho y de derecho que generaron la presunta vía de hecho,.....