CON LUGAR la presente demanda de Cobro de Bolívares vía Intimatoria, intentada por la ciudadana BÁRBARA MATEO PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-18.782.056, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Freddy Carrillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 125.307, con motivo de Cobro de Bolívares vía Intimatoria, en contra de la Sociedad mercantil CORPORACIÓN BAJOCA 2014, C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo del Estado Carabobo, en fecha 8 de diciembre de 2014, bajo el No. 7, Tomo 257-A.
Se condena a la intimada a pagar a la parte demandante, la cantidad de setenta y un mil cuatrocientos dólares estadounidenses exactos (USD. 71.400,00), por concepto del monto total de los instrumentos privados que acompañó al libelo de demanda.
Se condena a la intimada a pagar a la parte demandante, la cantidad de dos mil seiscientos setenta y siete dólares americanos con cincuenta centavos (USD. 2.677,50),.....