Se dictó y se publicó decisión mediante la cual el Juzgado Nacional Primero declaró: 1. La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en el presente recurso de apelación. 2. PROCEDENTE entrar a conocer en Consulta. 3. CONFIRMA, la sentencia dictada en fecha 10 de mayo de 2011, por el hoy Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital.