En consecuencia, los honorarios que la demandada deberá cancelar es la cantidad de Bs. 4.320,00, discriminado así: para IDELMARY GRANADOS, titular de la cédula de identidad N° 12.748.959, de profesión Contador Público, debidamente inscrito en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Miranda, bajo el N° 41.384, la cantidad de Bs. 2.160,00; y al Ciudadano LUIS CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad N° 6.370.699, de profesión Contador, debidamente inscrito en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Miranda, bajo el N° 18.122, la cantidad de Bs. 2.160,00, ambos por concepto de la asesoría prestada al Tribunal acerca de la impugnación de la experticia.