DECISIÓN.
Por todas las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CON LUGAR, la demanda de COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, intentada por los Abogados RICHARD SAID INFANTE y FRANKLIN ROJAS PIÑANGO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.621.871 y 9.633.509, respectivamente en contra de la ciudadana MILAGRO ROSA GONZALEZ GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.765.188, domiciliada en la Calle Torres con callejón Pasaje Gutiérrez Casa Nº 8-71, de esta ciudad de Carora y se condena a esta última a pagarle a los primeros honorarios profesionales judiciales por los siguientes actuaciones realizados en el asunto N° KP12-V- 2010-000106 llevado por ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circun.....