En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN con autoridad de cosa juzgada al desistimiento del procedimiento de EXEQUATUR intentado por la abogada ADRIANA COROMOTO RODRIGUEZ ORTIZ, en su carácter de apoderada judicial de la solicitante ciudadana NEREIDA ANTONIA LORA ALCANTARA, y en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento en lo que se refiere a la solicitud de exequátur o pase con autoridad de cosa juzgada de la decisión de fecha 04 de agosto de 1.999, proferida por la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional de República Dominicana. Devuélvanse los originales solicitados, previa su certificación en autos, para lo cual se insta a la parte solicitante la consignación.....