III
DECISIÓN
En mérito de lo anterior este Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la Querella interpuesta el Abogado Otoniel Pautt Andrade, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 154.755., actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ROBERT BORIS LUCERO ZANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.380.202, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Miranda.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Síndico Procurador del Municipio Independencia del Estado Miranda y al Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, a los ----- ( -- ) días del mes de marzo del a.....