La Corte REVOCA la sentencia dictada el 08 de diciembre de 2003, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, mediante la cual declaró SIN LUGAR la pretensión de amparo constitucional ejercida por el ciudadano ARNOLDO DE JESÚS HERNÁNDEZ ESCOBAR, asistido por el abogado José Luís Ortega, inscrito antes identificados, contra la ciudadana MILAGROS FLORES, actuando en su condición de SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO BARINAS DEL ESTADO BARINAS y se declara CON LUGAR la referida pretensión de amparo constitucional