IV. DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en sede CONSTITUCIONAL, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil TEXTILES LA FILA, S.A., contra las actuaciones tendentes a llevar a cabo la notificación por carteles de la parte demandada de la sentencia de fecha 07.10.2007, realizadas por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en el juicio que por Cobro de Bolívares, sigue la empresa BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil TEXTILES LA FILA, S.A., y el ciudadano ALEXANDRO PANAGIOTIDIS SAVIDU.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión, y por cuanto la a.....