Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Profesional del Derecho RAMÓN ANTONIO PORRAS OVALLES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.527, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada la ciudadana GLENDYMAR BAEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titular de la cédulas de identidad Nº V-12.950.279, contra la decisión dictada en fecha 22 de octubre de 2009, por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia se REVOCA la referida decisión defin.....