éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 256, del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada por el ciudadano DANIEL ANTONIO ROMERO y PABLO JOSÉ SALAS QUINTERO, en fecha seis de enero de 2016, en los términos establecidos por este Tribunal.
SEGUNDO: Se niega la suspensión de la medida decretada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Se niega dar por terminado el presente proceso en virtud que el juicio continúa contra el co-demandado, ciudadano Alfredo Escalona.