DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Medida Cautelar, interpuesto por la abogada MARIA ISABEL RUESTA BOSCAN, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "CORPORACION TELEMIC, C.A", contra la Providencia Administrativa Nº 023-2010, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL MUNICIPIO GUAICAIPURO, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, en fecha 27 de abril de 2010, notificada en fecha 01 de julio del mismo año.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, y REMITASE EL EXPEDIENTE AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrati.....