Por las razones antes expuestas, es por lo que este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 26 de octubre de 2012, por el abogado ROGELIO TOSTA FARACO, apoderado judicial del condominio CONJUNTO ARQUITECTONICO SHOPINNG CENTER, contra la sentencia interlocutoria dictada el 17 de septiembre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO.- LA NULIDAD de la sentencia interlocutoria dictada en fecha 17 de septiembre de 2012, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en cuyo contenido declaró inadmisible la presente acción de cobro de bolívares. En consecuencia SE REPONE LA CAUSA AL ESTA.....