En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la profesional del derecho: RUTHSALY ALVAREZ en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Décima Cuarta (14°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el asunto principal Nº CI-2021-0368210 (SACCES), mediante la cual declaro la REDENCION JUDICIAL PARCIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, a favor del penado ORLANDO JOSE GUEDEZ ESCALONA, por la comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE MATERIAL ESTRATEGICO, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, (Vigente para el momento de los hechos). SEGUNDO: Se confirma la deci.....