este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE al acusado (IDENTIDAD OMITIDA); por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE EN LA MODALIDAD DE ACTOS LASCIVOS, tipificado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Encabezamiento del artículo 259, ejusdem; y LESIONES PERSONALES SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal; y en consecuencia le CONDENA a cumplir las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el literal d del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 626, ejusdem, por el lapso de UN (1) AÑO Y CUATRO (4) MESES; y, simultáneamente con la primera, IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, consagrada en el artículo 620, literal b, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 624, ejusdem, .....