Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley 1.- La Ratificación de la medida de libertad asistida impuestas al joven "OMISSIS", por la comisión del delito de Robo Agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano Johan Francisco Cedeño Mat. Por el lapso que le falta por cumplir de nueve (09) meses y trece (13) días. 2.- con lugar las copias solicitadas. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Carmen Rodríguez M.