Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado en ejercicio CARLOS SACA M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.278, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano CARLOS JULIO GONZALEZ, y en consecuencia, se Revoca el auto de fecha 09-03-04, dictado por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y se ordena al Tribunal A quo Decrete la Medida Provisional de Detención del Vehículo antes identificado, para que sea puesto a la orden de ese Tribunal. Así se decide.