CONDENA al ciudadano, hoy penado ANDERSON JOSÉ CARROZ RIVAS, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N°17.564.071, soltero, de fecha de nacimiento 27-08-1985, hijo de Argenis Carroz y Luz Marina Rivas, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en el Barrio Puerto Rico, calle 61 N°29C-229, entrando por la Farmacia Royal ubicada en la Avenida La Limpia, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, como AUTOR del delito de ROBO EN FIGURA DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal., en perjuicio de la ciudadana ERILUZ DEL VALLE GARCÍA MATERANO, más las accesorias de ley, establecidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, a saber: 1.- La inhabilitación política durante el tiempo de la condena; 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta (1/5) parte del tiempo de la condena, terminada ésta; y 3.- Al pago de las costa.....