En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelación del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Penal Quincuagésima Tercera (53°) del Área Metropolitana de Caracas, abogada María T. Perdomo Asuaje, defensora del ciudadano César Ricardo Moreno Aviléz, contra la decisión dictada el 29 de septiembre de 2010, por el Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó la privación judicial preventiva de libertad en contra del mencionado imputado, de conformidad con los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 1, 2 y 3, y 252 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Se confirma la decisión impugnada.
Publíquese la presente decisión, regístrese y diarícese en los lib.....