DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: NULA la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, en fecha siete (7) de enero de dos mil quince (2015).
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado de que, al Juzgado de Municipio esta Circunscripción Judicial, emita el pronunciamiento respectivo de la incidencia de tacha y fraude procesal, en los Cuadernos Separados abiertos a tales efectos; y, con posterioridad a tales decisiones, dicte sentencia definitiva en el juicio principal, con expresa referencia a los resultados de la tacha y del fraude procesal.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.
Remítase el presente expediente en su oportunidad .....