Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de lo dispuesto en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Divorcio Contencioso, en Audiencia Preliminar de reconciliación, intentado por la ciudadana NILDA PASTORA MOGOLLÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.219.913, en contra del ciudadano DIMAS SEGUNDO BARRETO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.380.910, y en consecuencia extinguida la instancia.