Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella funcionarial, incoada por el ciudadano VIDAL VERDÚ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.866.427, de este domicilio debidamente asistido por el Abogado José Ángel Aponte, titular de la cédula de identidad Nº 4.392.017, Inpreabogado Nº 86.676, y de este domicilio contra el acto administrativo Nº P-016-2010, de fecha 25 de agosto de 2010, dictado por el Instituto de Vivienda y Equipamiento de Barrios del Estado Carabobo.