este Tribunal, siempre proclive al derecho a la defensa de las partes, ordena notificar de la presente acción de amparo; de la siguiente manera:
- A los ciudadanos PEDRO JOSE NIÑO y CARLOS EDUARDO NIÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.809.627 y 6.925.023, respectivamente, y/o en la persona de su apoderado judicial, abogado WILLIAM MARTÍNEZ VEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.208; mediante boleta de notificación dejada por el Alguacil de este Juzgado en su domicilio, adjunto con copia certificada de la acción de amparo y del presente auto.
Ello, con la finalidad de que pueda intervenir, si así lo estimare conveniente, en el presente proceso, durante la etapa de sustanciación de la solicitud de acción de amparo. A tal efecto, se indica que el acto de la celebración de la audiencia constitucional, tendrá lugar al cuarto (4°) día hábil, siguiente a la constancia en autos de la última de las notificaciones, .....