Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida de suspensión de efectos solicitada por los abogados EUDIS VILLARROEL NÚÑEZ y HENRY MANUEL CHACÓN YANEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.742 y 118.173, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana XIAOLI ZHU, titular de la cédula de identidad Nº E-83.020.071, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 00014402, de fecha 13 de agosto de 2010, dictada por la Dirección General de Inquilinato adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat.-