este Juzgado Superior en lo Civil y Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, in limine litis, la Querella Funcionarial por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios Laborales, por el abogado RAMÓN ENRIQUE MARÍN GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 7.514.182, e inscrito en el Inpreabogado bajo en N° 55.313, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROSA EMILIA MARÍN DE CAMACHO, YURVIN SULAY ROJAS CARRERA, BELKIS ORQUIDEAS MUJICA DE CABRERA, JUANA PAULA SILVA DE GUTIERREZ, MARÍA LUISA IBARRA DE MORR, LILIAM MARJORIE CAMACHO MORO, ZONIA MAGALI FAJARDO DE CAMACARO, ABILIA MERCEDES GARRIDO CARDENAS y IBELICE SOVEIDA LUGO DE ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.474.421, V- 7.504.518, V- 5.458.302, V- 5.456.268, V- 4.483.928, V- 4.342.987, V- 3.912.832, V- 2.5.....