DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO de conformidad con el ARTÍCULO 6 Ord. 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, incoado por los ciudadanos: FORZOSAMENTE INADMISIBLE, la presente acción de Amparo interpuesto por los ciudadanos: Ciudadano: ALEXANDER VALECILLOS, WILIAMS NUÑEZ., ANGEL CASTILLO, LENNY GALVIS, JOSE CASTILLO. Titular es de las cédulas de identidad número V-11.524.295, 11.442.376, 11.089.069, 12.579.543 y 7.130.377, respectivamente. Contra la entidad de trabajo denominada la agraviante la cual es ALIMENTOS POLAR COMERCIAL. PLANTAS SALSAS Y UNTABL.....