-III-
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente demanda de DESALOJO fundamentada en el artículo 91 del Decreto Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, vigente para relaciones arrendaticias de esta naturaleza en esa época y los artículos 1.167, 1.579, 1.592 del Código Civil, intentada por la ciudadana ISOLINA VASQUEZ MONTES, contra los ciudadanos EDGAR RAMÓN DELPINO FUENTES y ELSA MIROSLAVA AZABACHE DE DELPINO identificados ab initio. En consecuencia, se ordena la entrega material, del inmueble objeto de la pretensión constituido por un apartamento 154, piso 15, Edificio Torre Oeste, Centro Residencial Puerta del Este, Avenida Madrid y Gut.....