IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano ZALG ABI HASSAN, titular de la cédula de Identidad número 7.305.001, actuando en nombre y representación propia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nº 20.585; contra el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, por la presunta vulneración de lo establecido en el artículos 26, 27, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: se ordena NOTIFICAR a la ciudadana JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCR.....