Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la existencia del Grupo o Unidad económica entre las empresas PANADERÍA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA KROCCANTE, C.A., PANADERÍA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA CROCANTE II, C.A., y CAFETERÍA CROCCANTE CENTER, C.A.
SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por el ciudadano LUCIANO SOTO CARBALLO.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano ADEL JOSE MAGALLANES VALLEJO, contra las sociedades mercantiles PANADERÍA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA KROCCANTE, C.A., PANADERÍA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA CROCANTE II, C.A., y CAFETERÍA CROCCANTE CENTER, C.A., plenamente identificados en autos, en consecuencia, se condena a ésta últi.....