En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada OLIMAR CALDERÓN, Defensora Pública Nonagésima Séptima (97°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del ciudadano REINALDO ESCALONA BARRIOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del auto dictado el 16 de mayo del 2011 por el Juzgado Cuadragésimo Octavo (48°) en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, "...en la cual se decreto (sic) la Nulidad de la Acusacion (sic) interpuesta contra mi defendido (...) dejando privado de libertad a mi defendido, quien hasta la presente ha cumplido cuatro (4) meses privado de su libertad, ya que la audiencia de calificación de flagrancia fue ce.....