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Decisiones del dia 30/06/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 8] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2010-002619 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Vía Ejecutiva
Partes:
INMOBILIARIA BUNGALOW, C.A. VS ENRIQUE RUBEN VALDEZ VELIS
Resumen:
Por los razonamientos explanados, este Tribunal actuando con fundamento en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 11 y 17 del Código de Procedimiento Civil considera que se debe suspender el presente proceso en el estado de citación en que se encuentra hasta que conste en autos el cumplimiento de los requisitos previamente expuestos en la motiva de este fallo. Así se decide. III Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN en el estado de citación en que se encuentra EL CURSO DEL PROCESO que por COBRO DE BOLÍVARES DE PLANILLAS DE CONDOMINIO (VÍA EJECUTIVA) tiene intentado INMOBILIARIA BUNGALOW C.A., registrada por ante el Registro Mercantil Segundo d.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2011-001181 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Vta Con Res. De Dominio
Partes:
GMAC DE VENEZUELA, C.A. VS JOSE GREGORIO ESCALONA YUSTIZ
Resumen:
Por otra parte, tal y como fue indicado, la perención es una institución jurídica cuya naturaleza es de orden público y se verifica ope legis por imperio del artículo 269 del Código de Procedimiento Civil. Al respecto la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, a través de reiterada, pacífica y constante jurisprudencia, entre las que se cita la de fecha 19 de Mayo de 1.988, declaró lo siguiente: "(...) Nuestro sistema es más radical, acogiendo como se ha dicho, el sistema italiano; la perención conforme al texto del artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, se verifica de derecho, vale decir, ope legis, independientemente, del requerimiento de la parte interesada y la consiguiente declaratoria del Tribunal, la cual no vendría sino a ratificar lo que virtualmente estaba consumado, pues la perención se opera desde el momento mismo en que ha transcurrido el plazo prescrito por la Ley, ya que conforme a la enseñanza de la tradicional doct.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-V-2010-002619 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Vía Ejecutiva
Partes:
INMOBILIARIA BUNGALOW, C.A. VS ENRIQUE RUBEN VALDEZ VELIS
Resumen:
Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN en el estado de citación en que se encuentra EL CURSO DEL PROCESO que por COBRO DE BOLÍVARES DE PLANILLAS DE CONDOMINIO (VÍA EJECUTIVA) tiene intentado INMOBILIARIA BUNGALOW C.A., registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, inscrita en fecha 23 de Noviembre de 1.984, bajo el No. 76, Tomo 40-A Sgdo, con sede en el Centro Comercial Los Geranios, locales 4B y 5B, Avenida Principal Urbanización la Boyera; representada en este proceso a través de sus apoderados judiciales, ciudadanos JULIO CESAR LÓPEZ GALEA y CARLA VERSCHUUR, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreab.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente : AP31-F-2010-003059 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Rectificación De Acta De Matrimonio
Partes:
PETRA JOSEFINA LIMA TORRES
Resumen:
De la Acta de Matrimonio de los solicitantes, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia 23 de Enero, del Municipio Libertador, del Distrito Capital, cursante en autos, se desprende claramente que el nombre correcto y completo del solicitante es "JOSE FRANCISCO LIMA TORRES", y no como erradamente se coloco en el Acta de Matrimonio de los solicitantes "JOSE FRANCISCO TORRES", y por constituir dicha acta documento publico autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevén los artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio. Analizadas las pruebas presentadas por la parte solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en auto; En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Matrimonio inserta en el libro de .....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2009-002864 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Resolucion De Contrato De Arrendamiento
Partes:
PLANTA DE ASFALTO HERMANOS BLASINI, C.A. VS C.L.A. AUDITORES CONSULTORES ASOCIADOS, C.A.
Resumen:
Por su parte, el Dr. Arminio Borjas, en el Tomo II de sus "Comentarios al Código de Procedimiento Civil Venezolano", señala: "(...) Cuando la actuación de una de las partes no va dirigida a mantener subsistente el procedimiento, pues no requiere de la citación de la otra, como cuando en una causa paralizada pide uno de los litigantes la devolución de documentos originales presentados por él, o que se le expida copias de algunas actas, sin que se indique que ello sea para fines referentes al juicio en suspenso; sino antes bien, para efectos extraños a él, el lapso de la perención no se interrumpe, porque la causa cuyo curso esté en suspenso por cualquier motivo, no puede salir de ese estado sin petición expresa de uno de los litigantes y previa citación del otro, o sin que la providencia solicitada por alguna de las partes, no pueda ser acordada a espaldas de la otra (...)". Aplicando la norma parcialmente transcrita al presente caso se evidencia que desde el 04 de Febrero de 2.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente : AP31-S-2011-004161 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
CRISTOBAL DOMINGUEZ
Resumen:
Es clara nuestra legislación al disponer que para actuar en los procesos judiciales debe(n) el(los) solicitante(s), estar representado(s) por abogado, bien por medio de mandato, o por asistencia al acto que se refiera. Del escrito que encabeza estas actuaciones se observa que el ciudadano CRISTOBAL DOMINGUEZ DE JORGE, antes identificado, no cumplió con el requisito establecido en el artículo 4 de la Ley de Abogados, por cuanto si bien se desprende firma e Inpreabogado en la parte superior de la solicitud, no se evidencia la declaración expresa de la solicitante en su escrito de estar debidamente asistida de abogado, tal como lo exige la Ley, es decir, que dicha ciudadana no cuenta con asistencia de abogado en su solicitud. Cabe resaltar que es criterio jurisprudencial que para reclamar algún derecho ante los órganos jurisdiccionales es necesario estar representado o asistido de abogados tal y como lo establece el tantas veces mencionado artículo 4 de la Ley de Abogados, pues, la Ley .....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente : AP31-S-2011-004997 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
CARMEN CECILIA SIMANCAS
Resumen:
Es clara nuestra legislación al disponer que para actuar en los procesos judiciales debe(n) el(los) solicitante(s), estar representado(s) por abogado, bien por medio de mandato, o por asistencia al acto que se refiera. Del escrito que encabeza estas actuaciones se observa que la ciudadana CARMEN CECILIA SIMANCAS, antes identificada, no cumplió con el requisito establecido en el artículo 4 de la Ley de Abogados, por cuanto si bien se desprende firma e Inpreabogado en la parte superior de la solicitud, no se evidencia la declaración expresa de la solicitante en su escrito de estar debidamente asistida de abogado, tal como lo exige la Ley, es decir, que dicha ciudadana no cuenta con asistencia de abogado en su solicitud. Cabe resaltar que es criterio jurisprudencial que para reclamar algún derecho ante los órganos jurisdiccionales es necesario estar representado o asistido de abogados tal y como lo establece el tantas veces mencionado artículo 4 de la Ley de Abogados, pues, la Ley permi.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-S-2011-004997 N° Sentencia : Fecha: 30/06/2011
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
CARMEN SIMANCAS
Resumen:
Es clara nuestra legislación al disponer que para actuar en los procesos judiciales debe(n) el(los) solicitante(s), estar representado(s) por abogado, bien por medio de mandato, o por asistencia al acto que se refiera. Del escrito que encabeza estas actuaciones se observa que la ciudadana CARMEN CECILIA SIMANCAS, antes identificada, no cumplió con el requisito establecido en el artículo 4 de la Ley de Abogados, por cuanto si bien se desprende firma e Inpreabogado en la parte superior de la solicitud, no se evidencia la declaración expresa de la solicitante en su escrito de estar debidamente asistida de abogado, tal como lo exige la Ley, es decir, que dicha ciudadana no cuenta con asistencia de abogado en su solicitud. Cabe resaltar que es criterio jurisprudencial que para reclamar algún derecho ante los órganos jurisdiccionales es necesario estar representado o asistido de abogados tal y como lo establece el tantas veces mencionado artículo 4 de la Ley de Abogados, pues, la Ley permi.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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