Esta Corte dictó sentencia declarando 1. Su COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, interpuesta por la Abogada Alida de la Cruz González Sánchez, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES K-TAMARÁN 2015, C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en el oficio número 000212 de fecha 10 de marzo de 2016, dictado por la Presidencia del INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL, mediante el cual "participa" que el inmueble denominado "Edificio Gastizar" ubicado en la calle Orinoco se encuentra protegido "por ubicarse en la poligonal de protección que posee la Urbanización Las Mercedes". 2. ADMITE provisionalmente la demanda de nulidad interpuesta sólo a los efectos del pronunciamiento cautelar. 3. IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitado. 4. ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte