Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones sociales incoada por la ciudadana MARIA ELENA ALVARADO, contra la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, ESCUELA DE ESTUDIOS INTERNACIONALES, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Los conceptos y montos que deberá pagar la demandada a la actora son los discriminados en la parte motiva del presente fallo, en el cual se incluyen el pago de los intereses de mora y la corrección monetaria.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dados los privilegios que le son aplicables al ente demandado.