Este Tribunal HOMOLOGA dicho Desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio, y así mismo como fue solicitado se acuerda la devolución de los originales inserto al folio seis (06), al folio trece (13); previa certificación en autos.-