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DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el abogado PEDRO LUIS ALVAREZ GONZALO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, CONDOMINIO del CONJUNTO RESIDENCIAL EL TRAPICHE, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de marzo de 2025, en el juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA, sigue el ciudadano JOSÉ ANTONIO OLIVEROS FEBRES.-
SEGUNDO: SE MANTIENE el decreto cautelar dictado el 26 de marzo de 2025, referido a la suspensión de la convocatoria de Asamblea Extraordinaria de copropietarios d.....