En base a las anteriores consideraciones, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta por los abogados en ejercicio MARIA GABRIELA SEGOVIA ORTEGA y LUIS ENRIQUE PETIT defensores de los ciudadanos JOSE FLORENCIO VIELMA MOTOLONGO y JOSE ARMANDO VIELMA VADELL, contra la decisión que CONDENA a los mencionados ciudadanos, al primero a cumplir la pena de Ocho meses y quince días de prisión por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA y al segundo, a cumplir la pena de Ocho meses y quince días de prisión por la omisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 23 de mayo de 2011.