Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ejecución de fianza interpuesta por la Sociedad Mercantil GRUPO ROMA 26, S.A., contra la sociedad mercantil ZUMA SEGUROS C.A., ambas partes plenamente identificadas al inicio de este fallo.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada al pago de la cantidad de UN MILLÓN DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$ 1,000,000.00), equivalentes a TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 31.611.700,00), por concepto del monto afianzado, o su equivalente en moneda nacional, conforme a lo previsto en el artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela, la cual deberá calcularse conforme a las normas que rijan las operaciones e.....