Se hacen los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE EL ESCRITO DE ACUSACION, interpuesto por la Fiscal Octava del Ministerio Publico ABOG. YAMIRIS GONZALEZ, en fecha 01 de Agosto del año dos mil seis (2.006). En contra del ciudadano JORGE LUIS DELGADO LEON, por la comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal reformado. SEGUNDO: Vista igualmente las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico este Tribunal Admite las mismas por cuanto estas han sido ofrecidas en tiempo oportuno y por considerarlas legales, licitas, pertinentes, las cuales se encuentran contenidas en el Escrito Acusatorio, inserta en la presente causa. TERCERO: Vista la admisión de hechos efectuada por el ciudadano JORGE LUIS DELGADO LEON, representado en este acto por al Defensor Publico No. 13ª ABOG. DISY TRONCONE DE RATINO, este tribunal de conformidad con el numeral 6ª del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a imponer la pena correspo.....