DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena a la adolescente DATOS OMITIDOS cumpla las sanciones de Semi libertad e Imposición de Reglas de Conducta, ambas por el lapso de un (01) año, por la comisión de los delitos HURTO AGRAVADO Y FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previstos en los artículos 452, Ordinal 4° y 320 del Código Penal , fíjese para el día 20 de Enero del 2009 a las 10:30 a.m. la audiencia para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones