De manera, que ha quedado establecido que la fecha de presentación al cobro fue el 09 de agosto de 2012, por lo que el lapso para que operara la prescripción del instrumento comenzó a computarse a partir de la referida data, por lo que la fecha del vencimiento legal sería el 09-09-2015, lo que en el caso de autos tal presupuesto normativo se ha verificado, operando la prescripción de cualquiera acción derivada de la letra de cambio 2/2, debido a que desde que se hizo exigible la obligación han transcurrido los tres años a que alude la norma antes citada, por lo que debe prosperar el alegato que, en tal sentido, ha esgrimido la parte accionante.
De ahí, no habiendo sido desvirtuados por la parte accionada los elementos contenidos en el libelo, cuyos hechos constitutivos fueron probados por la actora conforme al artículo 1.354 del Código Civil, la decisión recurrida ha de modificarse, sólo en cuanto a la omisión de los linderos y del área del inmueble objeto de la pretensión, d.....