En consecuencia, este Tribunal observa que dicho cartel dirigido a la persona natural ciudadano MARCO FERREIRA, cédula de identidad NºE-82.262.806, fue recibido por la parte Codemandada CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA, C.A. (FONBIENES), vista la consignación efectuada por el ciudadano Alguacil, razón por la cual y atendiendo a la necesidad de extremar los esfuerzos para garantizar el derecho a la defensa de la codemandada persona natural ciudadano MARCO FERREIRA, cédula de identidad NºE-82.262.806, en tanto que dicha notificación resulte absolutamente válida, se ordena dejar sin efectos la constancia a la que alude el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estampada por la ciudadana Secretaria en fecha cinco (05) de noviembre de 2009: se declara como Defectuosa la Notificación practicada en fecha 29-10-2009 y consignada mediante diligencia por el ciudadano Alguacil en fecha 30 de octubre de 2009, en contra de la persona natural ciudadano MARCO FERREIRA, cédula de .....