Se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, sobre bienes propiedad de la parte demandada, sociedad mercantil INVERSIONES 3751, C.A., en su condición de deudora principal, y del ciudadano Luís Miguel González Este, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-3.398.367, en su condición de fiador solidario y principal pagador de la obligación, hasta cubrir la cantidad de seiscientos ochenta y nueve mil seiscientos veinticuatro bolívares fuertes con 94/100 (Bs.F. 689.624,94), que incluye el doble de la cantidad demandada, más las costas calculadas por este tribunal en un veinticinco por ciento (25%); con la advertencia que si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas de dinero, la misma será por la cantidad de cuatrocientos treinta y nueve mil seiscientos veinticuatro bolívares fuertes con 94/100 (Bs.F. 439.624,94), cantidad esta que incluye la cantidad demandada y las costas calculadas por este Juzgado, en un veinticinco por ciento