este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la solicitud de medida de secuestro sobre el inmueble ubicado en la Calle Municipio, Número Catastral 11-40 (138), Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, solicitada por los ciudadanos DOMINGO CHINEA REYES y AMERICA SOSA DE CHINEA, venezolanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7-155.181 y 7.156.088, ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado FABIO CASTELLANOS VILLAMIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 80.617, contra JULIO CESAR MEDERO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.643.458, de este domicilio y la sociedad de comercio DELI CHEESE JJ C.A., Registro Mercantil Tercero Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, 17 de j.....