Se registró y publicó resolución mediante la cual este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana JULIA MARÍA MENESES GONZÁLEZ contra la entidad de trabajo denominada "CENTRO CLÍNICO CASANOVA C.A.", ambas partes identificadas en los autos. 2.- No hay condenatoria en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso, de conformidad con el art. 59 LOPT.-