este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO presentado por el abogado JOSÉ GERARDO FARIÑEZ LINARES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.826, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MILAGROS DEL VALLE PARRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 6.136.069, por aplicación de lo estatuido en los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO interpuesta en fecha 13 de octubre de 2016, dándose por consumado el acto con las consecuencias previstas en el Artículo 266 eiusdem, esto es, que no podrán los solicitantes volver a proponerla, antes de que transcurran noventa (90) días. Finalmente,.....