Se decide SUSTITUIR la medida judicial de privación preventiva de libertad decretada contra el imputado Salas Jaspe José Rafael, por una menos gravosa como lo es una Medida Cautelar Sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido con el artículo 256 ordinales 3, 4, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en presentacion cada 15 por ante la oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, prohibición de salir del estado Carabobo sin autorización del Tribunal, Obligación de presentar 02 fiadores que devenguen un salario igual o superior a 25 unidades tributarias y Consignación de constancia de Residencia emitida por la Primera autoridad Civil, mientras el representante fiscal presente el Acto Conclusivo correspondiente. Se ordena la inmediata libertad del imputado, con la expresa obligación de comparecer ante este Juzgado en fecha 01-02-2.005 a las 12:00 m a los fines de imponerse de la presente decisión. Se le concede un plazo de 05 días contin.....