Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, y subsidiariamente, medida cautelar de suspensión de efectos, por el abogado Cesar Arnaldo Jiménez Peraza, ya identificado, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil PRODUCTOS ALIMEX, C.A., identificada supra; contra el Auto de Admisión de fecha 10 de diciembre de 2009, perteneciente al expediente Nº 005-2009-01-02442, dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, SEDE PÍO TAMAYO, por medio del cual admitió la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, decretando a su vez medida cautelar innominada a favor del ciudadano Evis Gregorio Padrón Mendoza, ya identificado.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR e.....